A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Olga Lucia Meneses Rodriguez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la Sentencia T-392/13, en lo relacionado con el expediente T-3801140.
La accionante le pidió a la Corporación adoptar las medidas necesarias para materializar el cumplimiento del fallo de la referencia, para que se amparen los derechos fundamentales de su hijo y pueda restablecerse su estado de salud.
De otra parte, la E.P.S. demandada solicitó a la Corporación inaplicar la sanción que le fue impuesta por la declaratoria de incumplimiento parcial de la precitada providencia.
La Sala decide abstenerse de acceder a la solicitud de cumplimiento y, por considerar que no es competente para pronunciarse sobre la pretensión de la entidad demandada, por cuando la viabilidad o no de la misma debe ser valorada por el juez que la impuso, dispone remitir copia de dicho escrito al Juzgado 16 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, para que se pronuncie en los términos que considere pertinentes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ABSTENERSE de acceder a la solicitud de cumplimiento de la sentencia T-392 de 2013, presentada por Olga Lucia Meneses Rodriguez en representacion de su hijo Mateo Muriel Meneses.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Dieciseis Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota, por conducto de la Secretaria General, copia del escrito que Capital Salud EPS envio a la Corte el 2 de noviembre de 2017, a efectos de que este se pronuncie sobre la peticion de inaplicar la sancion que dicho despacho judicial le impuso como consecuencia del desacato parcial que declaro en el asunto de la referencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.